23 julio 2018

Novedades en la ley de Fintech


23 Julio 18

A principios del mes de Julio se circularón los borradores de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, mejor conocida como Ley Fintech, regulación dirigida a las empresas que ofrecen productos y servicios financieros, haciendo uso de tecnologías de la información y comunicación.

Contenidos centrales que serán revisados y debatidos por los diferentes gremios del sector financiero, mismos que formarán parte de la ley, discutidos entre el gremio y autoridades:
1.  Plan de continuidad y negocio: Para la autoridad y el sistema financiero, es primordial que estas plataformas sean obligadas a cumplir una serie de medidas mínimas que deberán implementar con el fin de garantizar la continuidad de sus operaciones en situaciones de contingencia
2.  Mandatos o comisiones en FINTECH: Las instituciones, en especial las de fondeo colectivo, podrán actuar como comisionistas de sus clientes. El marco general contempla que las plataformas crowdfunding puedan realizar cobranza de créditos de sus clientes o reinversión de los recursos de los mismos.
3.  Límites de recepción en plataformas: La Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá autorizar a las Fintech para que reciban o entreguen recursos en efectivo a sus clientes, así como transferencias desde o hacia cuentas de depósito abiertas en entidades financieras del exterior.
4.  Criterios contables para FINTECH: El marco regulatorio prevé que las Fintech cuenten con criterios para llevar a cabo su contabilidad en línea, con estándares internacionales de manera parecida a lo que se aplica con entidades financieras tradicionales.
5.  Capital mínimo: Para que las Fintech puedan operar, tendrán que cumplir con los capitales mínimos que de acuerdo a estas disposiciones serán diferentes de acuerdo al tipo de entidad y al número de operaciones que les estén permitidas.
6. Limites inversionistas y solicitantes: Para las entidades de fondeo colectivo, existirán limites tanto en el monto de los proyectos que se financien como en los recursos que destinen a cada inversión que intenten realizar.
7.  Requisitos adicionales para operar: Aunque el marco general ya contempla ciertos requisitos para la operación de estas plataformas, las disposiciones secundarias prevén obligaciones extras respecto a la información de sus accionistas y consejeros.
8. Entradas para SANBOXES: Las disposiciones secundarias también contemplarían las bases de organización y funcionamiento de las entidades que pretendan operar bajo el modelo de negocios novedosos, es decir, el sandbox que da paso a la innovación en el sector.

Se prevé en el marco general, dos tipos de Instituciones de Tecnología Financiera:
·       Fondos de pago electrónico
·       Fondeo colectivo o Crowdfunding

Los borradores se refieren al plan de continuidad de negocio para las instituciones crowdfunding; a los mandatos o comisiones en las Instituciones de Tecnología Financiera; los límites de recepción de recursos en efectivo en dichas plataformas y los criterios contables para las mismas.

Las instituciones crowdfunding, por ejemplo, tendrán regulado límites para sus clientes:
·       Si una persona física quiere acceder a un préstamo, fondeado con recursos de varios inversionistas, tendría que saber que dicho financiamiento sería de hasta 50,000 Unidades de Inversión, es decir alrededor de 301,000 pesos.

·       Si el solicitante es una persona moral, el préstamo tendría un límite de 7 millones 500,000 Udis, es decir hasta 45 millones 176,000 pesos; en caso, tratarse de un financiamiento destinado a la construcción de un desarrollo inmobiliario, este monto tendría un limitante de hasta 8 millones 316,000 Udis, es decir, alrededor de 50 millones 91,176 pesos.


La autoridad es cautelosa en legislar e incursionar en esta materia, al concentrar las opiniones de todos los gremios involucrados en el tema, por lo que los borradores podrían cambiar conforme avance la comunicación entre autoridad y los organismos.

Inversionistas y emprendedores deben actuar con integridad y reduzcan información asimétrica, para invertir y buscar fondos de manera responsable.

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