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16 marzo 2022

¿Si compro o vendo criptomonedas debo declarar ante el SAT?

 




Con las nuevas tecnologĆ­as se han generado nuevas formas de consolidarse económicamente, las criptomonedas no son consideradas como un tipo de moneda de curso legal, sino como instrumento financiero, no estĆ”n exentas del pago de impuestos, por lo que si estĆ”s pensando en comprar o vender, debes poner atención. 


Actualmente, México empieza a implementar normas y regulación en esos temas, pero diferentes organismos se han dado a la tarea de realizar anÔlisis para saber cómo regular el bitcoin y otras criptomonedas en el país.


La ProcuradurĆ­a de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) establece que la compraventa de criptomonedas se les aplique un 20 por ciento del Impuesto sobre la Renta (ISR)


El organismo establece que es necesario expedir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), dicha retención de impuestos y pagos provisionales sólo aplicaría si la cantidad de la operación sobrepasa el límite establecido en el Código Fiscal de la Federación, el cual asciende a 277 mil 400 pesos. Si el monto es menor los contribuyentes no tendrÔn la obligación de hacer la declaración


La Prodecon consideró que todas las operaciones en la venta y compra de criptomonedas se deberían de declarar ante él SAT y pagar los impuestos correspondientes, esto como una medida de seguridad en un futuro próximo.


Recordemos que en México aún no existe una regulación que se encuentre enfocada a las criptomonedas, por tal motivo, el documento de la Prodecon es únicamente una recomendación que se debería seguir para reglamentar a estas divisas digitales en cuanto a impuestos.

Publicado por FreightIdeas

¿Si compro o vendo criptomonedas debo declarar ante el SAT?

10 junio 2016

¡ANTICƍPATE!



A todos los contribuyentes les recordamos la importancia de estar al pendiente de sus obligaciones fiscales. Como lĆ­mite, el 17 de junio se deben presentar los siguientes pagos o declaraciones:

>Pagos provisionales y definitivos

Obligación a cumplir
Personas obligadas
Forma de presentación
Fundamento legal

Pago provisional del ISR, IVA, IEPS y entero de retenciones.





Personas morales








Pago con lĆ­nea de captura en los Bancos autorizados

ArtĆ­culos 10, 12, 14, 71, 72, 74, 75, 84, 87, 96 y 106 de la LISR. Regla 2.8.5.1 de la RMF 2016.
Pago provisional o definitivo del ISR, IVA, IEPS y entero de retenciones, en su caso.
Personas fĆ­sicas:

Actividades Empresariales y Servicios Profesionales
Arrendamiento de bienes inmuebles
Salarios, en su caso, sólo ISR.
Pago con lĆ­nea de captura en los Bancos autorizados.
ArtĆ­culos 1-A y 5-D de la LIVA. Regla 2.8.5.1 de la RMF 2016.

ArtĆ­culos 90, 94, 96, 97, 106, 114 y 116 de la LISR; 1-A y 5-F de la LIVA; Regla 2.8.5.1 de la RMF 2016.



>Entero de retenciones especĆ­ficas 


Obligación a cumplir
Personas obligadas
Forma de presentación
Fundamento legal

Entero de la retención por ingresos devengados que obtengan las personas físicas propietarias de los certificados de fideicomisos accionarios a que se refiere la Regla 3.2.13.

Intermediarios financieros.
Servicio de Declaraciones y Pagos.

Entero de retención: a travĆ©s de los 
Bancos autorizados con la lĆ­nea de captura.
Regla 3.2.10. de la RMF 2016.
Entero de la retención que se efectúe de pagos por intereses.
Las instituciones que componen el sistema financiero.
Servicio de Declaraciones y Pagos en el caso de las personas obligadas, a utilizar este servicio.

Entero de retención: a travĆ©s de los 
Bancos autorizados con la lĆ­nea de captura.

ArtĆ­culo 54 de la LISR.


>Declaraciones informativas

Información a presentar
Personas obligadas
Forma de presentación
Fundamento legal

Información de las contraprestaciones o donativos recibidos en el mes inmediato anterior, en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata, cuyo monto sea superior a 100,000 pesos.


Contribuyentes que perciban contraprestaciones o donativos en efectivo en moneda nacional o extranjera, asĆ­ como en piezas de oro o plata, cuyo monto sea superior a 100,000 pesos.

Declaración Informativa del Formulario 35.
DĆ© clic 
aquĆ­ para obtener el programa electrónico para elaborar su declaración.

Artículos 76, fracción XV, 82 fracción VII, 110, fracción VII, 118 fracción V y 128 de la LISR. Ficha de trÔmite 1/ISR del Anexo 1-A de la RMF 2016.
Precio de enajenación de cada producto (tabacos labrados), valor y volumen de los mismos, así como el peso total de tabacos labrados enajenados o, en su caso, total de cigarros enajenados.

Productores e importadores de tabacos labrados.
Esta información se presenta a travĆ©s de la Declaración Informativa MĆŗltiple del IEPS(MULTI-IEPS) y su Anexo 2.
Artículo 19, fracción IX de la LIEPS. Reglas 5.2.1. y 5.2.16. de la RMF 2016.
Información relativa a operaciones realizadas con partes relacionadas o donantes en el mes inmediato anterior.
Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR que realicen operaciones con partes relacionadas o donantes.

En el portal de internet del SAT con el programa electrónico Declaración Informativa de Operaciones con Terceros(DIOT).
Artículo 82 fracción VIII de la LISR. Regla 3.10.12 de la RMF 2016. Ficha de trÔmite 20/ISR del Anexo 1-A de la RMF 2016.

Asimismo, se extenderĆ”n prórrogas para efectuar las declaraciones de pago los dĆ­as siguientes: ​​2021222324. Quedando de esta manera:
·         Si el sexto dĆ­gito numĆ©rico de tu RFC es 1 ó 2 tienes hasta el 20 de junio.
·         Si el sexto dĆ­gito numĆ©rico de tu RFC es 3 ó 4 tienes hasta el 21 de junio.
·         Si el sexto dĆ­gito numĆ©rico de tu RFC es 5 ó 6 tienes hasta el 22 de junio.
·         Si el sexto dĆ­gito numĆ©rico de tu RFC es 7 u 8 tienes hasta el 23 de junio.
·         Y si el sexto dĆ­gito numĆ©rico de tu RFC es 9 ó 0 tienes hasta el 24 de junio.


Fuente: SAT

Publicado por Anónimo

¡ANTICƍPATE!

09 junio 2016

CALENDARIO FISCAL (JUNIO 2016)



La declaración anual se prepara durante todo el aƱo. Para agilizar el trĆ”mite, es importante mantenerte al corriente con tus obligaciones fiscales y asĆ­ evitar contratiempos. A modo de sugerencia, puedes seguir los pasos que te presentamos a continuación.

>Imprime la  BitĆ”cora de información bĆ”sica y anota en ella cada mes tus ingresos y gastos.
>Solicita factura de las compras o gastos que realices.
>Presenta puntualmente tus pagos mensuales.

El siguiente calendario te proporcionarĆ” un apoyo para consultar los dĆ­as de vencimiento de las obligaciones fiscales.
  

JUNIO  2016
L
M
M
J
V
S
D
1
2
3
4
5
6
7
8
9
11
12
13
14
15
16
18
19
25
26
27
28


>A mƔs tardar el 10 de junio deberƔn presentar Declaraciones informativas.
>Como lĆ­mite, el 17 de junio se deben presentar los siguientes pagos o declaraciones:
·               Pagos provisionales del ISR.
·               Pagos definitivos de IVA.
·               Pagos definitivos de IEPS.
·               Enterar los pagos definitivos por dividendos o utilidades.
·               Enterar los impuestos retenidos a terceros.
·               Declaración informativa del IEPS.
·               Pagos provisionales, definitivos y retenciones.

**DĆ­as adicionales para efectuar declaraciones de pago: ​​2021222324
·         Si el sexto dĆ­gito numĆ©rico de tu RFC es 1 ó 2 tienes hasta el 20 de junio.
·         Si el sexto dĆ­gito numĆ©rico de tu RFC es 3 ó 4 tienes hasta el 21 de junio.
·         Si el sexto dĆ­gito numĆ©rico de tu RFC es 5 ó 6 tienes hasta el 22 de junio.
·         Si el sexto dĆ­gito numĆ©rico de tu RFC es 7 u 8 tienes hasta el 23 de junio.
·         Y si el sexto dĆ­gito numĆ©rico de tu RFC es 9 ó 0 tienes hasta el 24 de junio. 

>A mĆ”s tardar el 29 de junio se deberĆ” presentar el Pago de PTU - Personas FĆ­sicas
>Como lĆ­mite, el 30 de junio presentar los siguientes pagos o declaraciones informativas:
·               Declaración Informativa sobre Situación Fiscal (DISIF)

·               Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)

Publicado por Anónimo

CALENDARIO FISCAL (JUNIO 2016)