A todos los
contribuyentes les recordamos la importancia de estar al pendiente de sus
obligaciones fiscales. Como límite, el 17 de junio se deben presentar los siguientes pagos
o declaraciones:
>Pagos provisionales y definitivos
Obligación a cumplir
|
Personas obligadas
|
Forma de presentación
|
Fundamento legal
|
Pago provisional del ISR,
IVA, IEPS y entero de retenciones.
|
Personas morales
|
|
Artículos 10, 12, 14, 71,
72, 74, 75, 84, 87, 96 y 106 de la LISR. Regla 2.8.5.1 de la RMF 2016.
|
Pago provisional o
definitivo del ISR, IVA, IEPS y entero de retenciones, en su caso.
|
Arrendamiento de bienes inmuebles
Salarios, en su caso, sólo ISR.
|
Artículos 1-A y 5-D de la
LIVA. Regla 2.8.5.1 de la RMF 2016.
Artículos 90, 94, 96, 97, 106, 114 y 116 de la LISR; 1-A y 5-F de la LIVA; Regla 2.8.5.1 de la RMF 2016. |
>Entero de
retenciones específicas
Obligación a cumplir
|
Personas obligadas
|
Forma de presentación
|
Fundamento legal
|
Entero de la retención
por ingresos devengados que obtengan las personas físicas propietarias de los
certificados de fideicomisos accionarios a que se refiere la Regla 3.2.13.
|
Intermediarios
financieros.
|
Servicio de Declaraciones y Pagos.
Entero de retención: a través de los Bancos autorizados con la línea de captura. |
Regla 3.2.10. de la RMF
2016.
|
Entero de la retención
que se efectúe de pagos por intereses.
|
Las instituciones que
componen el sistema financiero.
|
Servicio de Declaraciones y Pagos en el caso de las
personas obligadas, a utilizar este servicio.
Entero de retención: a través de los Bancos autorizados con la línea de captura. |
Artículo 54 de la LISR.
|
>Declaraciones informativas
Información a presentar
|
Personas obligadas
|
Forma de presentación
|
Fundamento legal
|
Información de las
contraprestaciones o donativos recibidos en el mes inmediato anterior, en
efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata,
cuyo monto sea superior a 100,000 pesos.
|
Contribuyentes que
perciban contraprestaciones o donativos en efectivo en moneda nacional o
extranjera, así como en piezas de oro o plata, cuyo monto sea superior a
100,000 pesos.
|
Declaración Informativa
del Formulario 35.
Dé clic aquí para obtener el programa electrónico para elaborar su declaración. |
Artículos 76, fracción
XV, 82 fracción VII, 110, fracción VII, 118 fracción V y 128 de la LISR.
Ficha de trámite 1/ISR del Anexo 1-A de la RMF 2016.
|
Precio de enajenación de
cada producto (tabacos labrados), valor y volumen de los mismos, así como el
peso total de tabacos labrados enajenados o, en su caso, total de cigarros
enajenados.
|
Productores e
importadores de tabacos labrados.
|
Esta información se
presenta a través de la Declaración
Informativa Múltiple del IEPS(MULTI-IEPS) y su Anexo 2.
|
Artículo 19, fracción IX
de la LIEPS. Reglas 5.2.1. y 5.2.16. de la RMF 2016.
|
Información relativa a
operaciones realizadas con partes relacionadas o donantes en el mes inmediato
anterior.
|
Organizaciones civiles y
fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR que
realicen operaciones con partes relacionadas o donantes.
|
En el portal de internet
del SAT con el programa electrónico Declaración
Informativa de Operaciones con Terceros(DIOT).
|
Artículo 82 fracción VIII
de la LISR. Regla 3.10.12 de la RMF 2016. Ficha de trámite 20/ISR del Anexo
1-A de la RMF 2016.
|
Asimismo, se extenderán prórrogas para efectuar las
declaraciones de pago los días siguientes: 20, 21, 22, 23, 24. Quedando de esta manera:
·
Si el sexto dígito numérico de tu RFC es 1
ó 2 tienes hasta el 20 de junio.
·
Si el sexto dígito numérico de tu RFC es 3
ó 4 tienes hasta el 21 de junio.
·
Si el sexto dígito numérico de tu RFC es 5
ó 6 tienes hasta el 22 de junio.
·
Si el sexto dígito numérico de tu RFC es 7
u 8 tienes hasta el 23 de junio.
·
Y si el sexto dígito numérico de tu RFC es
9 ó 0 tienes hasta el 24 de junio.
Fuente:
SAT
Entrada más reciente
Entrada antigua
0 comentarios:
Publicar un comentario